Imprescindibles y habituales de las mesas de desayuno en los bares. Dan cobertura y deliciosa compañía a las tostadas tempraneras o de media mañana de público laboral o circunstancial. Pero esos envases de aceite de oliva supuestamente virgen extra ya no pueden dejar en entredicho su naturaleza, marca u origen. El Real Decreto de 21 de noviembre de 2013 prohíbe la rellenabilidad de las aceiteras. Otra cosa es que todo el mundo se haya enterado.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente busca mejorar la imagen del aceite de oliva, mirando por las denominaciones de origen protegidas y las marcas consolidadas. Y por ello aprobó esta medida sobre presentación de los aceites de oliva en la hostelería, obligando a los profesionales a presentar a sus clientes estos aceites en envases debidamente etiquetados y dotados de un tapón irrellenable, llamados de formato monodosis, con un cierre que pierda su integridad tras el primer uso.
Los envases de mayor capacidad que pueden usarse más de una vez, dispondrán de un sistema de protección para impedir su reutilización una vez que el contenido se haya agotado.
De este modo se pretende mirar por la garantía de calidad y de información al consumidor sobre las características del buen aceite. No olvidemos que España es líder mundial en la producción de aceite de oliva. El Real Decreto va en la línea de reforzar la competitividad del sector, eficazmente regulado. La actuación se enmarca en el contenido del “Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva de la Unión Europea”.
A pesar del tiempo transcurrido, la Federación Aceites de Oliva de España sabe que aún existe un gran desconocimiento entre consumidores y hosteleros sobre la norma, estimándose que un 86% de los consumidores ignora los detalles de esta ley, y que hay establecimientos en España que aún no están cumpliendo con la normativa.
Por ello, la Interprofesional Aceites de Oliva de España ha encargado un estudio para tratar de conocer los motivos por los que la implementación no ha sido total entre la hostelería. En esta campaña informativa participarán más de 3.000 consumidores y profesionales del sector de la restauración.
A la pregunta “¿Sabe que existe una norma que obliga a los establecimientos de hostelería y restauración a utilizar envases no rellenables o monodosis para el aceite de oliva para los clientes?», el 68.8% de los consumidores encuestados respondieron afirmativamente. El nivel de conocimiento es mayor entre los hosteleros, con un 91,7% de respuestas positivas.
Pero ambos colectivos saben poco o muy poco sobre los detalles de la norma, en lo relativo a tapón irrellenable y/o monodosis debidamente etiquetados. Solo responde Sí el 13.8% de los clientes y el 44.8% de los hosteleros. Las acciones informativas de la Interprofesional (con la colaboración de la Administración) son absolutamente necesarias.
El Real Decreto sobre envases no rellenables está protegiendo un producto joya de nuestra dieta, que cuenta con numerosas denominaciones de origen.
Todo ello, para garantizar la calidad del aceite de oliva que llega a nuestras tostadas y aliños en la hostelería, y que debe llevar el correspondiente etiquetado que lo identifique y defina. Así, nuestro aceite de oliva virgen extra no perderá prestigio a pesar de los múltiples usos al servicio de restauración y caterings.
(Real Decreto de 18 de noviembre de 2013). Para hostelería, restauración y catering.